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41ª Notaría de Santiago José Tomás Fabres Bordeu

Certificaciones y firmas

Instrumentos privados y autorización de firmas

El notario da fe de que la firma del documento es suya.

Autorizar una firma —lo que muchas personas llaman «legalizar»— significa que el notario deja constancia de que usted firmó el documento ante él, previa verificación de su identidad. Es lo que se hace con contratos de arriendo, finiquitos, cartas de renuncia, contratos de trabajo, mandatos privados, autorizaciones y cualquier instrumento privado que deba tener valor frente a terceros.

El documento sigue siendo privado: la notaría no lo redacta ni responde por su contenido. Lo que aporta es certeza sobre quién firmó, y esa certeza es justamente lo que exigen bancos, empleadores, colegios e instituciones públicas.

Cómo es el trámite

  1. 1 Traiga el documento impreso, sin firmar y en todas las copias que necesite (cada copia con firma autorizada paga su arancel).
  2. 2 Preséntese con su cédula de identidad vigente. Deben venir todas las personas cuya firma se va a autorizar.
  3. 3 Firme ante el funcionario. Se estampa la autorización notarial y se le devuelven los ejemplares en el momento.

Antes de venir, tenga presente

  • No firme el documento en su casa: la firma debe estamparse ante el funcionario que la autoriza.
  • El arancel es por firma autorizada, no por documento: un contrato con dos firmantes paga dos.
  • Si el documento va al extranjero, además de la firma probablemente necesite apostilla; consulte antes para no venir dos veces.
Instrumentos privados y autorización de firmas — 41ª Notaría de Santiago

Dudas habituales

Preguntas sobre autorización de firmas

¿Cuánto cuesta autorizar una firma?
$5.000 por firma autorizada. Si el mismo documento lleva dos firmas, se cobran dos autorizaciones.
¿Puedo llevar el documento ya firmado?
No. La autorización notarial certifica que usted firmó ante el funcionario, así que la firma debe estamparse en la notaría.
¿Sirve para un contrato de arriendo?
Sí. El contrato de arriendo con firmas autorizadas ante notario es el formato que piden habitualmente arrendadores, corredoras y tribunales.

¿Le queda alguna duda de este trámite?

Escríbanos antes de venir: le confirmamos el valor, los documentos y el horario.

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