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41ª Notaría de Santiago José Tomás Fabres Bordeu

Escrituras públicas

Empresa en un Día: constitución y modificación

Intervención notarial en el régimen simplificado de la Ley 20.659.

El régimen simplificado de la Ley 20.659 —conocido como «Empresa en un Día»— permite constituir y modificar sociedades a través del Registro de Empresas y Sociedades, sin escritura pública. La firma puede hacerse con firma electrónica avanzada o, cuando alguno de los socios no la tiene, ante notario.

Ahí interviene esta notaría: identificando a los comparecientes y suscribiendo el formulario, para que la empresa quede constituida el mismo día. Es la vía más usada por pymes, sociedades por acciones y sociedades de responsabilidad limitada de estructura sencilla.

Cómo es el trámite

  1. 1 Traiga los datos definitivos de la empresa: nombre o razón social, giro, domicilio, capital, aportes y participación de cada socio.
  2. 2 Los socios comparecen con su cédula de identidad vigente y suscriben el formulario ante el notario.
  3. 3 Con la suscripción notarial, la empresa se inscribe en el Registro de Empresas y Sociedades y obtiene su RUT.

Antes de venir, tenga presente

  • No todos los tipos societarios pueden acogerse al régimen simplificado; sociedades con estructuras especiales requieren escritura pública.
  • Si un socio cuenta con firma electrónica avanzada, puede firmar en línea sin pasar por la notaría.
  • Las modificaciones posteriores (cambio de socios, aumento de capital, disolución) siguen el mismo camino.
Empresa en un Día — 41ª Notaría de Santiago

Dudas habituales

Preguntas sobre empresa en un día

¿Puedo constituir mi empresa el mismo día?
Sí, ese es el objetivo del régimen simplificado: con los datos completos y los socios presentes, la suscripción notarial se hace en la misma visita.
¿Cuánto cobra la notaría?
El valor referencial de la intervención notarial es de $10.000. Los derechos del Registro de Empresas y Sociedades, cuando corresponden, se pagan aparte.
¿Sirve para modificar una sociedad ya creada?
Sí, siempre que la sociedad esté acogida al régimen simplificado. Las sociedades constituidas por escritura pública se modifican por escritura pública.

¿Le queda alguna duda de este trámite?

Escríbanos antes de venir: le confirmamos el valor, los documentos y el horario.

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