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41ª Notaría de Santiago José Tomás Fabres Bordeu

Gestiones y otros

Inscripción en el Registro de Comercio

Gestión del ingreso de la escritura social al registro.

Las sociedades constituidas por escritura pública deben inscribir un extracto en el Registro de Comercio del Conservador que corresponde a su domicilio, y publicarlo cuando la ley lo exige. Sin esas formalidades, la sociedad no queda regularmente constituida.

Desde la notaría se puede gestionar el ingreso del extracto al registro, con los fondos que usted provea para los derechos correspondientes.

Cómo es el trámite

  1. 1 Se prepara el extracto autorizado de la escritura de constitución o modificación.
  2. 2 Se ingresa al Registro de Comercio y se provisionan los derechos de inscripción.
  3. 3 Practicada la inscripción, se retira el documento y se le entrega.

Antes de venir, tenga presente

  • Los plazos legales para inscribir y publicar son acotados: no deje pasar la fecha de la escritura.
  • Las sociedades del régimen simplificado (Empresa en un Día) no siguen esta vía: se inscriben en el Registro de Empresas y Sociedades.
  • Los derechos del registro y la publicación en el Diario Oficial se pagan aparte.
Inscripción en Registro de Comercio — 41ª Notaría de Santiago

Dudas habituales

Preguntas sobre inscripción en registro de comercio

¿Toda sociedad se inscribe en el Registro de Comercio?
Las constituidas por escritura pública, sí. Las acogidas al régimen simplificado de la Ley 20.659 se registran en el Registro de Empresas y Sociedades.
¿La notaría hace la publicación en el Diario Oficial?
Puede orientarlo sobre el trámite. El costo de la publicación es adicional y no corresponde a un arancel notarial.
¿Qué pasa si no inscribo a tiempo?
La sociedad puede quedar afecta a vicios de constitución, con las consecuencias que la ley establece. Consulte con su abogado apenas advierta el retraso.

¿Le queda alguna duda de este trámite?

Escríbanos antes de venir: le confirmamos el valor, los documentos y el horario.

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