Protestos
Protesto de letras de cambio y pagarés
Constancia formal del no pago de un documento mercantil.
El protesto es la actuación por la cual el notario deja constancia formal de que una letra de cambio o un pagaré no fue pagado en su vencimiento. Es un paso habitual antes de la cobranza judicial y tiene efectos precisos sobre las acciones que el portador puede ejercer.
El trámite es sensible a los plazos: el protesto debe practicarse dentro del plazo legal, por lo que conviene presentar el documento apenas se produce el incumplimiento.
Cómo es el trámite
- 1 Presente el documento original —no una copia— junto con su cédula de identidad.
- 2 Se practica la gestión de notificación al obligado dentro del plazo que corresponde.
- 3 Se levanta el acta de protesto, que queda a su disposición para la cobranza.
Antes de venir, tenga presente
- Los plazos del protesto son breves y están fijados por la ley: presentar el documento a tiempo es determinante.
- El arancel de $12.000 incluye la gestión de notificación.
- Si el documento tiene endosos o avales, tráigalos identificados: influyen en contra de quién se dirige la acción.
Dudas habituales
Preguntas sobre protestos
¿Cuándo debo protestar un pagaré?
¿Debo traer el documento original?
¿El protesto cobra la deuda?
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